• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA TERESA VAZQUEZ PIZARRO
  • Nº Recurso: 1055/2020
  • Fecha: 15/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se alega que existe fraude de ley y procesal porque en la demanda se pretende la condena del administrador al pago de unas costas impuestas en resolución judicial, cuya solicitud estaría caducada, pues nunca interesó esta tasación en el monitorio ni en el subsiguiente ordinario y han transcurrido más de cinco años, existiendo además retraso desleal. El Tribunal recuerda la imposibilidad de plantear cuestiones nuevas en apelación, pues aunque por el recurso se permite al Tribunal realizar un examen pleno del proceso, no es un nuevo juicio en el que se puedan plantear cuestiones distintas de las planteadas en Primera Instancia. En todo caso, no existe el fraude de ley alegado pues en demanda se solicita se declare la responsabilidad del administrador y se declara la solidaria por las costas e intereses devengados en procedimientos que la actora ha interpuesto frente a la sociedad que administra, siendo posibilidad admitida jurisprudencialmente y debiendo referirse a las que en su día sean tasadas y liquidadas. El retraso desleal no puede apreciarse cuando la acción se ejercita antes de vencer el plazo de prescripción de la acción. La posible caducidad de la acción para instar la tasación de costas debe apreciarse en el procedimiento en el que se tiene que practicar, pero eso no impide la declaración de responsabilidad que aquí se insta.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: IGNACIO MARTIN VERONA
  • Nº Recurso: 475/2021
  • Fecha: 10/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor abogado de profesión reclama sus honorarios al demandado por asistirle en un proceso penal. El abogado es un profesional y por ende al contrato entre abogado y cliente le es de aplicación la normativa de protección de consumidores y ello aunque el contrato sea verbal. No se efectuó hoja de encargo y no se informó con carácter previo de la cantidad de los honorarios aun de forma estimativa por lo que esa actuación no es transparente. Queda acreditada la actuación profesional del abogado y la percepción de una provisión de fondos, pero a la hora de fijar la cuantía de honorarios no se da valor a un informe elaborado por otro abogado afirmando sujetarse a las normas colegiales pero en cambio no especifica en cuales se ha basado, razón por la que al no estar acreditado el importe reclamado se desestima la demanda.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vigo
  • Ponente: MAGDALENA FERNANDEZ SOTO
  • Nº Recurso: 319/2021
  • Fecha: 10/02/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Audiencia estudia la posibilidad de recurrir en apelación el Auto del Juzgado que resuelve un recurso de revisión frente al Decreto del LAJ sobre la oposición a la cuenta de abogado o procurador. Concluye que el Tribunal Constitucional anuló de los arts 34 y 35 LEC lo relativo a la prohibición de recurso frente a la decisión del LAJ. Pero nada dijo sobre el recurso de apelación, que entiende la Audiencia que no procede puesto que tras la revisión por el juez de la instancia del Decreto, todavía tiene el abogado o procurador el acceso a un juicio declarativo. Además, esa postura procesal coincide con la prohibición expresa de la apelación respecto al incidente de tasación de costas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 8404/2021
  • Fecha: 09/02/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisión a trámite del recurso de casación. Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consisten en determinar qué debe entenderse como "criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados", si el conjunto de elementos que han de tenerse en cuenta para la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados, o si también es admisible el resultado cuantitativo de aplicar dichos criterios en cada caso concreto, que sería un listado de precios que han de ser aplicados de modo automático según diferentes escalas de cuantía, y si los mismos deben ser o no de conocimiento público y abierto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 7573/2021
  • Fecha: 02/02/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consisten en determinar: a) si el ámbito de la tasación de costas y la jura de cuentas conforman un mercado económico a efectos de competencia, y b) caso de admitirse ese predicamento, cuál es la tesis que debe prevalecer respecto a la posibilidad de que los criterios orientadores elaborados por los distintos Colegios de la Abogacía a tales efectos (de tasación de costas y jura de cuentas) puedan contener, o no, baremos y/o tarifas y si los mismos deben ser o no de conocimiento público y abierto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 7583/2021
  • Fecha: 26/01/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisión. Sanción CNMC al Colegio de Abogados de Guadalajara. Baremos de honorarios por parte de los Colegios de Abogados. Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consisten en determinar: a) si el ámbito de la tasación de costas y la jura de cuentas conforman un mercado económico a efectos de competencia, y b) caso de admitirse ese predicamento, cuál es la tesis que debe prevalecer respecto a la posibilidad de que los criterios orientadores elaborados por los distintos Colegios de la Abogacía a tales efectos (de tasación de costas y jura de cuentas) puedan contener, o no, baremos y/o tarifas y si los mismos deben ser o no de conocimiento público y abierto.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: GREGORIO PLAZA GONZALEZ
  • Nº Recurso: 633/2019
  • Fecha: 21/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cuando existe un previo procedimiento por el que se condena a la sociedad al pago de la deuda, no cabe reproducir la cuestión, es decir, la existencia y cuantía de la deuda en el procedimiento en el que se exige responsabilidad al administrador, pues constituye presupuesto de la acción con eficacia de cosa juzgada, salvo que no hubiera tenido conocimiento del pleito precedente ni posibilidad de defenderse. Se reseña la jurisprudencia que así lo establece.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: INES MARIA HUERTA GARICANO
  • Nº Recurso: 3979/2021
  • Fecha: 20/01/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto de admisión; determinar sí resulta aplicable a las costas procesales en el proceso contencioso-administrativo el límite de un tercio de la cuantía del pleito que establece el artículo 394.3 LEC y, en su caso, si dicho límite puede fijarse en la propia sentencia o debe establecerse en la posterior tasación de costas.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: HIPOLITO HERNANDEZ BAREA
  • Nº Recurso: 1286/2019
  • Fecha: 29/12/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Audiencia confirma la inadmisión a trámite de la petición de jura de cuentas del abogado de la parte en el proceso porque considera que a dicha petición le es aplicable el plazo de caducidad del art 237 LEC, que en la segunda instancia sería de un año; por abandono de la acción. No es la jura de cuentas sino un procedimiento privilegiado, al que no procede aplicar el plazo de prescripción del Código civil, precisamente por la naturaleza especial del incidente de jura de cuentas. Tampoco se trataría de un supuesto igual que el de la tasación de costas. Apoya su tesis en jurisprudencia del Tribunal Supremo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
  • Nº Recurso: 574/2020
  • Fecha: 20/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Una entidad Urbanística colocó un cartel utilizando distintivos del Ayuntamiento y estableciendo una regulación vial contraria a la normativa urbanística. El Ayuntamiento procede a la retirada del cartel. Se alega la prescripción de 4 años . La Sala rechaza la prescripción en base a que la colocación de carteles o vallas que anuncian una determinada actividad debe ser considerada como una instalación aneja a la propia actividad que se desarrolla, y por lo tanto como elemento de la misma además de tener que ser licenciada está sometida al control permanente que sobre ella debe ejercer la administración y que no puede quedar limitado al plazo de cuatro años. La Sala excluye de las costas los derechos del Procurador del Ayuntamiento pues considera que la intervención de Procurador para representar a la Corporación municipal es innecesaria y no da lugar a devengo de costas pues se trata de una actuación inútil.

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